¿QUÉ ES?
Se considera violencia de género todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad, que se ejerce sobre las mujeres por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones afectivas, aunque no hayan convivido.
LA LEY INTEGRAL protege tu integridad y salud física o mental, y castiga los malos tratos de obra o de palabra y la violencia habitual dentro de la familia.
LA ORDEN DE PROTECCIÓN es una resolución legal en la que un/a juez/a establece tanto medidas penales orientadas a impedir la realización de nuevos actos violentos (alejamiento), protectoras de índole civil (uso del domicilio conyugal, guardia y custodia de menores, pensión por alimentos...) y social, para evitar el desamparo de las víctimas (ayuda económica...).
CUANDO ESTÉ EN PELIGRO tu propia seguridad o la de tus hijos puedes abandonar el domicilio sin incumplir el deber de convivencia, siempre que en el plazo de 30 días solicites unas medidas provisionalísimas o presentes demanda de separación.
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