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Quart de Poblet

Ayuntamiento y CERMI prorrogan el servicio de atención jurídica gratuita a personas dependientes

El servicio atendió en los siete meses que funcionó en 2009 a cien personas del municipio que llevan más de dos años esperando

Convenio con CERMI CV

La alcaldesa de Quart de Poblet, Carmen Martínez, y el presidente del Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de la Comunidad Valenciana (CERMI CV), Joan Lluis Planells Almerich, han firmado hoy la prórroga hasta diciembre de este año del convenio suscrito en 2009 por ambas entidades para la prestación de un servicio pionero de asesoramiento y asistencia jurídica a las personas solicitantes de prestaciones reconocidas en la Ley de Autonomía Personal y Dependencia.

El servicio, que se presta presta los miércoles de 11 a 14 horas en el Centro Municipal de Servicios Sociales por parte de abogados del despacho que colabora con CERMI CV, Carrau Corporación, se puso en marcha en mayo del año pasado y en sus primeros siete meses de funcionamiento atendió 100 casos de personas afectadas por la no aplicación de la Ley de Dependencia, que solicitaron asistencia para dar resolución a sus casos.

Según la memoria de 2009, el 90% de los expedientes estudiados se inició en 2007, es decir, llevan más de dos años de espera. Todos siguen pendientes de resolver en alguna de las dos fases del procedimiento administrativo, bien porque no se ha dictado resolución de grado y nivel o bien porque, habiéndose dictado, no se ha aprobado el Programa Individual de Atención.

Entre los principales problemas a los que se han enfrentado estos ciudadanos y ciudadanas se encuentra la paralización de los expedientes, que afecta al 72% de las solicitudes. En este supuesto, la actuación de los abogados se ha ceñido a la interposición ante la Secretaría de Autonomía y Dependencia de la Consellería de Bienestar Social del escrito de queja, pues ninguna otra actuación cabe en este momento al no haberse dictado la oportuna resolución.

En el 7% de los expedientes estudiados el beneficiado ha fallecido sin ver concluido su expediente administrativo y, por lo tanto, sin disfrutar de la prestación o servicio que le hubiera correspondido si la administración hubiese actuado conforme a la Ley. Esta dificultad deriva de la anterior, lo cual es perfectamente entendible si tenemos en cuenta que la mayoría de solicitudes son iniciadas por personas de entre 70 y 80 años.

"Ante este problema, en algunos casos no se ha podido actuar, dado que el beneficiado, además de no habérsele reconocido en situación de dependencia en el momento del fallecimiento, tampoco disfrutaba de alguno de los servicios que recoge la Ley, si no que se encontraba en su domicilio al cuidado de sus familiares. En los supuestos en los que se ha podido acreditar documentalmente el perjuicio económico derivado de la dilación indebida en el procedimiento administrativo se ha formulado reclamación de responsabilidad patrimonial a la administración pública sin que a fecha de hoy tengamos constancia de contestación alguna por parte de la administración", explica la memoria.

En el 9 % de los casos, el motivo de consulta es la disconformidad fundamentalmente con el Grado y Nivel reconocido. "En este supuesto, la interposición del pertinente recurso ha desembocado en el primer problema analizado, es decir, en la paralización del expediente. La respuesta administrativa en estos casos ha sido proceder a una nueva valoración de la persona dependiente sin resolver el recurso formulado", asegura el documento.

Por último, el servicio tramitó varios casos de retroactividad de la prestación. Se trata de una de las demandas más repetidas entre los solicitantes, sin embargo, solo el 5% de los beneficiados han podido formalizar el recurso oportuno dentro de plazo contra la resolución PIA que no reconoce los efectos retroactivos del cuidador no profesional. La administración ha argumentado, para su denegación, la no acreditación del cuidado, "lo que nos parece, cuanto menos, digno de destacar", precisan los letrados.

El informe añade que es significativo señalar que el 85% de los solicitantes negocian en la Propuesta Individual de Atención la prestación económica para el cuidador no profesional, prestación que, pese a tener carácter subsidiario, suele ser aprobada.

DATOS GLOBALES

Al margen de las atenciones realizadas en este servicio, la trabajadora social de dependencia del Ayuntamiento atendió el año pasado a 1.032 personas, realizó 215 visitas domiciliarias, emitió 188 informes sociales y negoció 207 propuestas de PIA.

El total de solicitudes de valoración de dependencia que han pasado por los Servicios Sociales Municipales desde la entrada en vigor de la ley son 677, de las cuales 249 entraron el año pasado. Sin embargo, sólo se ha asignado prestaciones y servicios a 63 personas, la mayoría prestaciones económicas al cuidador no profesional, pese a que esta medida tiene carácter subsidiario. En ningún caso, ni en Quart de Poblet ni en la Comunidad Valenciana, se ha reconocido el derecho al Servicio de Atención Domiciliaria (SAD) por personal cualificado. Unas 70 personas han muerto esperando respuesta.

 

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